La distancia del local de votación respecto del domicilio particular del votante podría dejar de ser un problema luego que el Senado aprobara este martes legislar el proyecto que modifica la Ley 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para privilegiar la cercanía al domicilio del elector, en la asignación del local para sufragar.
Y es que, dentro de los motivos entregados por algunos ciudadanos, frente a la baja participación en los procesos eleccionarios es la lejanía del local de votación, por lo mismo, es un factor social importante de ser corregido, sobre la base de criterios de determinación de los locales y la cercanía con el domicilio de los electores, atendiendo así una demanda ciudadana.
Según explicó el senador José Miguel Durana, esta iniciativa que procura asignar a los votantes el establecimiento más cercano a su domicilio electoral constituye una facilidad para fortalecer la participación ciudadana en los procesos electorales y es una herramienta para reducir la alta abstención observada en el último tiempo.
“Hay múltiples factores para que la gente no vaya a votar, más aún en esta pandemia que lamentablemente coincidió con un mayor número de elecciones, nunca vista, pero, sin duda, la distancia del domicilio con los locales es una realidad y una de las razones por las que muchas personas ya no asisten a votar”, afirmó el legislador gremialista.
Finalmente, dijo que, para su adecuada implementación, debería ponerse énfasis en las fuentes de verificación de las residencias de los electores, al objeto de impedir el acarreo a otra comuna para favorecer a algún candidato, estableciéndose un régimen excepcional para los procesos electorales que se desarrollen en medio de emergencias sanitarias como esta pandemia.
El proyecto recibirá indicaciones por parte de los senadores hasta el 23 de julio para luego pasar a la Comisión de Gobierno del Senado para su discusión en particular, porque la intención de los legisladores es que se apruebe en el corto plazo para que pueda comenzar a aplicarse.
ALCANCES DEL PROYECTO
Además de la disposición que le recae al Servicio Electoral, de asignar a cada elector aquel local que se encuentre más cercano a su domicilio registrado; establece que, al momento de la inscripción de un elector o modificación de la existente, el Servicio Electoral lo asignará a las mesas receptoras de sufragios que conforme a la última elección se encuentren en los locales más próximos a su domicilio.
Asimismo, posibilita al elector solicitar el cambio de la mesa receptora de sufragios a la que se encuentra asignado, cuando existiere otra más cercana a su domicilio.