Comisión de Economía del Senado aprueba norma que pone fin al interés sobre interés, cobros por prepago de créditos y cláusulas de aceleración

Comisión de Economía del Senado aprueba norma que pone fin al interés sobre interés, cobros por prepago de créditos y cláusulas de aceleración

Uno de los principales problemas que aqueja a las personas en nuestro país es el excesivo sobrendeudamiento y de hecho, en los últimos tres años ha habido un aumento exponencial del nivel de endeudamiento respecto de su ingreso disponible, aumentando casi en 10 puntos porcentuales respecto de su ingreso disponible, según datos proporcionados por el Banco Central.

Un informe “sobre Educación Financiera en Latinoamérica” de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) indica que sólo un 50% de los chilenos tienen control sobre sus gastos; un 33% de los tarjetahabientes tiene consciencia del uso y tan sólo un 10% de los chilenos ha hecho cálculo de ahorro para la vejez.

El factor de endeudamiento nos ubica como líderes en Latinoamérica con más de un 40% de consumidores endeudados respecto el PIB, cifras que llevaron a la Comisión de Economía que preside el senador, José Miguel Durana, a aprobar en general la idea de legislar el proyecto “Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales sobre endeudamiento y derechos del consumidor”.

“Existe una serie de desigualdades en el país, por lo mismo, una de las aristas que nos corresponde como parlamentarios es revisar la legislación financiera y bancaria de nuestro país y mediante este proyecto de ley que consiste en una serie de medidas misceláneas apuntamos a mejorar la situación de los deudores frente al endeudamiento”, precisó el senador Durana Semir.

SOBRE EL PROYECTO

La Comisión de Economía del Senado aprobó las ideas matrices del proyecto, iniciado en moción, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales sobre endeudamiento y derechos del consumidor. Así, quedó en condiciones de ser visto por la Sala.

La propuesta de autoría de los senadores Rincón, Goic, De Urresti, Harboe y Huenchumilla en simple pretende: Restringir la aplicación indiscriminada de cláusulas aceleratorias a determinados casos y tipos de crédito como es lo usual en otras naciones.

Los acreedores (entidades que entregan créditos) usan la cláusula de aceleración cuando hacen exigible hoy lo que conforme a pagos periódicos, parciales o sucesivos (cuotas pactadas), sería exigible mañana si el deudor hubiera pagado a tiempo las cuotas.

También busca limitar los intereses que son aplicados en la etapa de cumplimiento de la obligación, restringiéndolos a los pactados en el contrato o convención inicial o a una proporción superior no excesiva. Esto responde a la necesidad no cambiar las reglas del juego que suelen perjudicar a los consumidores.

Eliminar el anatocismo o cobro de intereses sobre intereses, práctica generalizada en el mercado bancario y del retail y permitir la paralización de efectos negativos sobre el patrimonio del deudor a través del pago o amortización de la deuda capital o de intereses. Busca paralizar cobros judiciales que terminan en embargos, cuando el deudor hace el esfuerzo de pagar parte de la mora.

Limitar las facultades abusivas y arbitrarias en contratos de adhesión de operaciones crediticias, específicamente respecto a la repactación o reprogramación de deudas y la imposición unilateral de plazos, intereses y cobros excesivos respecto de la obligación inicial y eliminar los costos excesivos por concepto de pago anticipado o prepago de deudas o también llamadas comisiones de prepago.